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Modelo Organizativo 231 y Código Ético

20 de El Decreto Legislativo n.º 231 de 2001 introdujo en el ordenamiento jurídico italiano el principio de responsabilidad administrativa de las entidades asociativas, entre las que se incluyen las sociedades de capital, por determinados delitos cometidos, en interés o en beneficio de las propias entidades, por los administradores, los empleados y/o los colaboradores en general.



Para todas las infracciones administrativas derivadas de un delito se prevén sanciones pecuniarias y, en los casos más graves, también sanciones de inhabilitación.


El Decreto prevé la exención de dicha responsabilidad en caso de que la empresa demuestre que cuenta con:

1) haya adoptado y aplicado de manera efectiva un modelo de organización y gestión destinado a prevenir de forma razonable los delitos previstos en el Decreto;

2) se ha encomendado a un Órgano de Vigilancia, dotado de facultades autónomas de iniciativa y control, la tarea de supervisar el funcionamiento y el cumplimiento del Modelo, así como de velar por su actualización.

Itabus, en el marco de su sistema de gobierno corporativo, ha definido y adoptado desde diciembre de 2020 su propio Modelo de Organización y Gestión, junto con un Código Ético que forma parte integrante del propio Modelo. El Modelo, desarrollado sobre la base de un análisis minucioso de las actividades de la empresa potencialmente expuestas a riesgos, prevé un sistema estructurado y orgánico de prevención, disuasión y control destinado a reducir el riesgo de comisión de delitos por parte de quienes operan a título diverso con Itabus S.p.A. (empleados, miembros de órganos estatutarios y directivos, socios, colaboradores externos, agentes, promotores, consultores, etc.).


El Consejo de Administración ha nombrado además un Órgano de Vigilancia (OdV), al que se le ha encomendado la tarea de velar por el correcto funcionamiento del Modelo y de encargarse de su actualización.


El modelo fue aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad en el mes de diciembre de 2020 y se actualizará constantemente en función de actividades específicas de evaluación de riesgos en relación con los nuevos tipos de delito que se introduzcan en cada momento en la lista de delitos presuppuestos a efectos de la Ley 231/2001 y en relación con la evolución organizativa y operativa de la empresa. 


Modelo organizativo


Código ético



Gestión de denuncias – denuncia de irregularidades



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